El Canal del Informante permite la comunicación de conductas, en los ámbitos de actividad de la UC, que puedan ser constitutivas de infracciones al Derecho de la Unión Europea o de infracción penal o administrativa grave o muy grave a que se refiere el art. 2 de la Ley 2/2023.
i) Contratación pública. Este ámbito implica la elevación del procedimiento a la Comisión Antifraude (CAF)
ii) Servicios, productos y mercados financieros (demás de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo).
iii) Seguridad y conformidad de los productos comercializados por la UC.
iv) Seguridad del transporte.
v) Protección del medio ambiente.
vi) Protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear,
vii) Seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales.
viii) Salud pública.
ix) Protección de los consumidores.
x) Protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y los sistemas de información.
Además, de los ámbitos que afecten a :
i) Intereses financieros de la Unión Europea (tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).
ii) Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.
iii) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social:
iv) Corrupción pública o privada
v) Propiedad industrial o intelectual
vi) Libre competencia
vi) Subvenciones, Hacienda Pública o Seguridad Social
vii) Conflictos de intereses. Este ámbito implica la elevación del procedimiento a la Comisión Antifraude (CAF)
viii) Integridad moral o los Derechos Humanos
vix) Cohecho
x) Tráfico de influencias
xi) Otras infracciones penales
xii) Otras infracciones administrativas graves o muy graves
Otros ámbitos de actuación fuera del Canal del Informante
i) Acoso laboral o sexual. La comunicación o denundia se realizará a traves del Canal habilitado a tal efecto (La UC ante el acoso)
ii) Prevención de riesgos laborales (a través de la Unidad de Prevención del Servicio de Infraestructuras)